El Plan C, derecho constitucional del enemigo

La Viña del Señor

Hay regímenes políticos que para su existencia requieren de la eliminación de
quienes ubican como sus enemigos. Los fascismos del siglo pasado, como el nazi
puro en la mira a exterminar a la comunidad judía y a los comunistas. Las
dictaduras militares en América Latina de los Batista, Duvalier, Somoza, Pinochet
o Videlas, hizo blanco en todo lo que oliera a izquierda revolucionaria. En el
México de Gustavo Díaz Ordaz, Luis Echeverría y José López Portillo también.
Durante buen tiempo el Partido Comunista Mexicano estuvo proscrito hasta la
reforma política de 1977.

El problema es cuando esos odios y fobias ideológicas son elevados a rango de
ley y esta es utilizada como herramienta represiva del poder, como en el caso del
delito de disolución social, cuya derogación se propusieron los miembros del
movimiento de 1968, entre ellos el actual titular de la Unidad de Inteligencia
Financiera Pablo Gómez o cuando mediante una reforma, como la judicial, son
despedidos sin juicio previo y puestos de patitas en la calle, tras un humillante
proceso de selección al azar medio poder judicial federal, con lo que ello
representa en afectación en la estabilidad en el empleo al truncar su carrera
judicial y su repercusión en sus ingresos y sus familias.

Aunque la primera Carta Magna que se dio el país data de hace 200 años y
contenía el federalismo como carta fuerte, la Constitución Mexicana de 1917 fue la
primera en reconocer derechos sociales y la de Weimar, a pesar de lo cual lleva
más de 700 reformas, lo que puede hablar de que se trata de un texto flexible,
adaptable a las necesidades de los tiempos o del oportunismo de los políticos del
momento.

“La Constitución y las leyes, no operan de manera automática, no tampoco se
pueden defender por sí solas”, han escrito los investigadores de la UNAM Juan
Jesús Garza Onofre y Javier Martín Reyes en su libro “La Constitución
desconocida”.

Y en esa andanada de nuevas leyes secundarias que traerá consigo el Plan C, la
de por sí excesiva regulación era indescifrable, si no desconocida, para un
abogado de medio pelo, no se diga para el ciudadano común. Ese problema muy
de las sociedades lationamericanas del sistema civil law fue delatado en su
momento por Eduardo Novoa Moreal en su libro “El derecho como obstáculo al
cambio social”.

Oportunismo político
Reformar la Ley Suprema a capricho y conveniencia del hombre fuerte del poder o
de su grupo político, no es ninguna novedad en la historia del país. Pasar por
encima del núcleo pétreo de principios básicos arreglo social del que hablaba
Juan Jacobo Rousseau tampoco, como son las disposiciones de derechos
humanos, el régimen democrático, la división de poderes o el sistema federal. Eso
por sí solo conlleva la anulación de toda medida en contrario.
Un claro ejemplo de oportunismo político para modificar de la Carta Magna
aprovechando la fuerza política del momento, lo fue la reforma impulsada para
permitir la reelección del caudillo Alvaro Obregón en la presidencia, pasando por
encima de uno de los principios enarbolados por la revuelta maderista de 1910.
Medidas de tal envergadura no se llevan a cabo si no se cuenta con todos los hilos
del poder en la mano. Obregón desde 1925 había manifestado intenciones de
reelegirse y de modificar para tal efecto los artículos 82 y 83 constitucionales, los
cuales fueron reformados en 1927 y en 1928, para permitir la reelección en la
presidencia para un período subsecuente. Y eso abrió la puerta al general invicto y
dueño entonces de un considerable capital político, relata Ignacio Almada Bay, en
su reciente libro “Alvaro Obregón”, deslizando el autor que desde 1928 las
relaciones de este con Plutarco Elías Calles, se habían estropeado.
En un contexto en donde el autor del Plan C presentado el 5 de febrero pasado y
que implicaba 18 reformas constitucionales y 2 legales, era un apologista de la
polarización, de la concepción binaria de la realidad y de la propaganda
ideologizante diaria, es posible percibir su propuesta como parte de una artimaña
de control del poder.

Por el contenido de dichas iniciativas que abarcaban de reformar el poder judicial,
la desaparición de los organismos autónomos del Estado, la reforma del INE y la
militarización de la Guardia Nacional, todo acreditaba ese afán como animal
político que era el fundador de la 4T en un país en donde la debilidad institucional
y la democracia era incipiente, resulta más que evidente.
En las doctrinas jurídicas existe una teoría denominada como derecho penal del
enemigo que empezó a tener auge a mediados de los años ochentas y
comprendía un planteamiento doctrinal político-criminal que implicaba una
tendencia en la cual no se respetaban límites y que ponían en duda la legitimidad
del Estado de Derecho al consistir en medidas aplicables a ciertos sectores
sociales consideradas enemigas por abandonar el derecho y es vista como un
peligro.

Era un derecho de excepción que comprendía diversas manifestaciones, medidas
y figuras incluidas en la Constitución para darle legitimidad que no encajaban con
la tradición del genuino Estado Democrático y Social de Derecho, como el arraigo,
la noción de delincuencia organizada, la extinción de dominio o la ampliación del
ámbito de aplicación de la prisión preventiva oficiosa y otras contenidas en la
reforma penal de 2008, que resultan un exceso en una sociedad democrática en
que se vuelven normales.

Legitimidad vs legalidad
Traslapado a los objetivos del Plan C, más allá del discurso que lo envolvía, dicha
teoría aplica perfectamente en su concepción más amplia, en ciertos casos de las
iniciativas presentadas, que en los casos más polémicos como con la reforma
judicial que ha sido señalada como un intento de eliminar al poder judicial y los
equilibrios y contrapesos democráticos y mantiene al mismo en paro nacional al
borde de una crisis constitucional y ha entrado en el callejón sin salida de un
enfrentamiento entre poderes.
Esta reforma se justificó en que buscaba acabar con la corrupción en el poder
judicial, pero ninguna medida tomada hasta ahora va en ese camino. Igual se
argumentó en el cambio de adscripción de la Guardia Nacional, para evitar se
corrompiera.
En esta situación la polarización llevada a extremo con el desacato de
suspensiones de amparo para que no se avanzara en el proceso legislativo, no se
publicara la reforma aprobada o no se emitieran las convocatorias para la elección
de miembros del poder judicial federal, aparecen como violaciones al orden legal
establecido ante el desconocimiento de un poder, como el judicial, por otro, el
legislativo.
Para el exministro de la Corte, José Ramón Cosío, esas vías paralelas entre
legisladores y juzgadores, tarde o temprano habrán de darse el encontronazo, de
ahí que la presidenta Claudia Sheinbaum, pudiera mediar en el conflicto entre
poderes.
En un contexto en donde Poder y Derecho, según el jusfilósofo Norberto Bobbio,
de la escuela de Turín, son dos caras de la misma moneda.
Mientras el oficialismo ampara su actuar o sus omisiones escudándose en la
votación de 35 millones de sufragios para obviar el dialogo e invisibilizar el
pluralismo de 60-40 reflejado en las urnas, mientras en el otro lado de la barrera,

se invoca la violación de la legalidad vigente y el desapego a esta por parte de los
representantes de la coalición gobernante.
Esas posiciones irreductibles entre las mayorías que controlan las Cámaras del
Congreso de la Unión y una mayoría de ministros de 8-3 que componen la
Suprema Corte de Justicia de la Nación y la organización de empleados del Poder
Judicial Federal, mantienen vilo al país al enfrentar nociones como legitimidad
contra legalidad. Los trabajadores de la judicatura, entre ellos magistrados, jueces
de distrito, actuarios y secretarios de juzgado, advierten sobre violaciones a sus
derechos laborales y la liquidación de la carrera judicial y el mérito para acceder
en el escalafón y posibles injerencias que lleven a poder en duda la independencia
de los juzgadores.
“De qué sirve la mayoría, si no tienen capacidad técnica ni el criterio necesario
para redactar leyes coherentes”, expresó el jurista Francisco Burgoa, experto en
Derecho Constitucional, en referencia a las contradicciones que se aprobaron en
la reforma judicial y que Ricardo Monreal, urgió presentar cambios, o sea una
reforma de la reforma. Legislar al vapor, tiene sus consecuencias.
Ese estado de cosas que ha pretendido explicarse a partir de cuestiones tan
simples, aunque con su parte de verdad, como que responde a una venganza del
anterior titular del ejecutivo por los reveses que el Máximo Tribunal le propinó a
iniciativas como la militarización de la Guardia Nacional, la reforma energética o su
pretensión de prolongar el mandato de un aliado suyo en la Corte como Arturo
Zaldívar hasta argumentaciones que hablan de concentración del poder para
proveerse impunidad para sí y sus allegados con un poder judicial a modo.
Mientras en el Senado avanzaban los cambios secundarios a la reforma judicial
presentados por la presidenta Sheinbaum, no estuvo exento de extraños jaloneos
entre los operadores de AMLO en las Cámaras de diputados y senadores, Ricardo
Monreal y Adán Augusto López y la mandataria, cuando la mano peluda intentó
introducir en la reforma el veto a quienes aspiraran a ocupar una plaza, así como
la promoción de una reunión con Norma Piña, presidenta de la Corte.
El parón en seco a ambas iniciativas desde la Mañanera del Pueblo evidenció que
en ese caso el poder no se comparte y la cabeza de dichos legisladores al frente
de las bancadas morenacas está en vilo. Para Sheinbaum la recepción de
impugnaciones a la reforma por la Corte ha sido calificada como golpe de Estado.
Una vez aprobado el traslado de la Guardia Nacional a la Sedena y esbozado el
plan de seguridad del nuevo gobierno, se dejaron venir serias críticas entre ellas
que se perpetua la militarización de la seguridad pública al otorgarle facultades
para investigar la comisión de delitos a la Guardia Nacional y que el susodicho
plan contra la criminalidad es apenas un esbozo en la materia, sin metas claras y

sin abordar adecuadamente la violencia que asola regiones del país. Hay que
recordar que la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana es un
cascarón que habrá de administrar Omar García Harfuch, toda vez que el grueso
de la tropa pasó a la milicia. Y si bien dicho plan da prioridad a la coordinación
institucional, igual a la inteligencia y a la información en el combate al crimen, así
como a las causas del delito y en focalizar las fuerzas en las zonas con mayor
criminalidad y la neutralización de generadores de violencia.
Sin representar un gran viraje de la fallida estrategia de “Abrazos, no balazos”, fue
importante fue que un civil como García Harfuch, con carrera policial en el país en
el grupo de Genaro García Luna, presentara el plan y no un militar.
Se sabe que la Guardia Nacional, como policía federal cuenta con 130 mil
elementos bien preparados, de los cuales 20 mil negoció con los militares disponer
para sí.
Para el francés Michel Foucault en su libro “Teorías e instituciones penales”, tanto
el ejército como la justicia son dos formas de poder y esta vez a raíz del
despliegue del Plan C, se les ve en la escena del teatro del poder asumiendo el
papel que el rito político les ha asignado, pero, retomando las reflexiones de
Foucault, “defienden sus intereses, proponen alianzas, negocian su apoyo y su
sumisión”. En ese teatro, se da continuación al juego de las fuerzas y los cálculos
estratégicos.
Pablo González Casanova en su célebre libro “La democracia en México”, incluía
al ejército como parte del Poder Ejecutivo y al Poder Judicial entre los factores
formales del poder, los cuales diferenciaba de los poderes fácticos como la iglesia,
los sindicatos, las organizaciones campesinas, los empresarios, etc.

Democracia formal, democracia real
Interesante es la relación entre los conceptos de democracia real y formal o legal,
que durante siglos han subsistido, es decir una cosa es lo referido en la norma y
otra lo que pasa en la vida real, el día a día de las personas. Resulta claro que la
democracia como sistema político ha venido perdiendo credibilidad por su
inoperancia para resolver los problemas de la gente, lo que las hace presa fácil de
demagogos y farsantes, sin agramón.
Lo ideal es que ambas concepciones coincidieran, pero lo cierto es que en
bastantes ocasiones lo que marca la norma, no se corresponde con la realidad y
eso genera desconfianza y desprestigio en las instituciones.

Aplicado en concreto, mucho se ha insistido en que la reforma judicial no toca a
fondo los problemas del poder judicial, como la corrupción, el nepotismo, el
tortuguismo y otras calamidades que lo aquejan, como igualmente sucede con el
traspaso de la Guardia Nacional, institución que continuó con el proceso de
militarización iniciado con Ernesto Zedillo con la creación de la Policía Federal
Preventiva, la cual sin un plan para combatir la inseguridad y la impunidad de poco
o nada servirá o como con la reforma en materia indígena, que sin consulta previa
con los pueblos y comunidades originarias fue aprobada.

Poder Constituido vs Poder Constituyente
Otro tema traído a debate es la contradicción entre Poder Constituyente, que es el
creador de la Constitución, como aquel que en 1917 emitió la Carta Magna y
estaba conformado por representantes de las facciones revolucionarias
triunfantes, mientras el Poder Constituido es el emanado de procesos electorales
legales tanto en forma directa como indirecta, como el actual, en donde el
Ejecutivo y la mayoría oficial domina el Congreso de la Unión. Y tan Poder
Constituido como los otros dos, lo es el Poder Judicial, cuya integración respondía
a ciertas pautas constitucionales de elección indirecta.
Así pues, la diferencia entre ambos radica en la naturaleza de su legitimidad, pues
el Constituido surgió de una revolución social, el segundo de procesos electivos
diseñados en la Constitución y las leyes secundarias, que, en el caso de la
elección del 2 de junio, tuvo deriva de competencia inequitativa, uso de recursos
públicos a favor de la coalición oficialista, órganos electorales colonizados y el
presidente de la república fungió con el rol de jefe de campaña.
La importancia de uno y otro estriba en que corresponde al Poder Constituyente la
creación de un núcleo duro de derechos y formas de organización que se deben
preservar en la Ley Suprema y no pueden ser eliminados o modificados so pena
de cambiar la esencia del magno documento constitucional, que contiene
derechos fundamentales y arquitectura del régimen político plural con equilibrio de
poderes, como es el caso del Plan C, que busca centralizar el control político en
un solo poder formal, el ejecutivo.

La Constitución en la teoría y en la práctica
La Constitución de 1857 es casi una copia de la de E.U. y en ese tenor debe ser
analizada.

Sobre la reforma judicial hay consenso entre los conocedores del tema que se
impuso lo político sobre lo jurídico. Y frente a las prisas se impusieron plazos que
son una camisa de fuerza.
En todo ese enjuague y apresuramientos no existe duda de que el Poder Revisor
de la Carta Magna recae en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Es harto conocido que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en diversos
casos de reformas constitucionales con intención de desaparecer los órganos de
justicia de algunos países las ha declarado inconvencionales.
Las Constituciones están diseñadas para trascender a los líderes de un país y
para asegurar mínimos institucionales, para impedir retrocesos. En ellas caben
todos sin exclusiones y su modificación no puede quedar en manos de unos
cuantos, ni responde a la lógica de mayorías contra minorías, aunque
históricamente bastante de su contenido es reflejo de los triunfadores, sin olvidar
que la idea que encierra una Constitución es la de civilidad y consenso, en
contraposición con barbarie y ruptura.

La elección de los ministros
En México la elección por voto popular -indirecto entonces– de los ministros del
Máximo Tribunal no es algo nuevo. Esa posibilidad estuvo contemplada en la
Constitución de 1857 y fue vigente por 13 años. En el siglo XIX fue una
experiencia que se vivió y fue promovida con los mismos argumentos de la
actualidad. En aquellos tiempos solo Honduras y Guatemala elegían a sus jueces.
Hoy solo Bolivia ha optado por esa modalidad.
Ponciano Arriaga, quien presentó el proyecto, decía que tener título de abogado
no era garantía de imparcialidad y que había visto jueces legos que actuaban más
justas. Francisco Zarco sostenía que el pueblo debía de elegir a sus jueces.
Aunque las bondades de dicho proceso no estaban claros por eso se impuso con
47 a 37 votos. Como dictadura democrática llamó Emilio Rabasa a ese proceso,
el cual criticó severamente porque podría los candidatos a jueces podrían
pertenecer a un grupo o a un partido.
Producto de ese experimento, llegaron a la presidencia de la Corte personajes
como el general Jesús González Ortega, general muy popular, pero sin idea del
derecho, ni de la justicia. No sabía ni siquiera sumar.
El presidente de la Corte fungía como suplente del presidente y así llegó Benito
Juárez al frente del ejecutivo tras la caída de Ignacio Comonfort, siendo jefe del

partido liberal, gracias a lo cual llegaron al Máximo Tribunal amigos de Juárez y
del propio partido.
También en ese tiempo llegaron como ministros personas independientes, de
moral intachable, intelectuales de gran talla y comprometidos con la justicia aun en
contra de los intereses de Juárez como Sebastián Lerdo de Tejada, José María
Lafragua, Vicente Riva Palacio, Ignacio Manuel Altamirano, Ignacio Ramírez, José
María Iglesias, Ignacio L. Vallarta, entre otros. A partir de 1877 empezaron a llegar
a la Suprema Corte personajes desconocidos, políticos principalmente, incluso en
1880 Porfirio Díaz, fue electo para el cargo de ministro sin tener idea del derecho y
de la justicia, el cual no quiso ocupar.
Con ese nivel, Ignacio L. Vallarta propuso al presidente Díaz, eliminar la elección
de ministros y quitar que el presidente de la Corte fuera el vicepresidente o de
suplente del titular del ejecutivo, por los riesgos para la democracia. Primeramente
se decidió que los ministros fuera designados a propuestas de los estados y
después a propuesta del presidente y aprobación del Senado, hasta antes de la
tómbola morenista.

Tiro en el pie: el desacato como norma
A confesión de parte, relevo de pruebas, dicen los buenos abogados. Y eso aplica
a los dichos de Adán Augusto López, coordinador de la bancada senatorial guinda,
quien insinuó que la misma fórmula para de presión o cooptación para alcanzar la
mayoría calificada en la Cámara Alta, fue aplicada para doblar a Norma Piña en el
Consejo de la Judicatura Federal para abrir la puerta a la implementación de la
reforma judicial y a la elección de los jueces.
La reforma judicial que 1726 legisladores parecen no haber leído, por las
contradicciones detectadas posteriormente a su aprobación es de escándalo.
En un pronunciamiento, la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y
Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación que representa a más de
1,300 de los 1,700 juzgadores federales en el país, alzó la voz y acusó que se
vulneró el orden jurídico y la división de poderes, luego de que el Consejo de la
Judicatura Federal por mayoría de cuatro votos a tres , determinó destrabar el
proceso electoral de jueces sin haber establecido un diálogo con las personas
directamente involucradas. La JUFED, que es presidida por la jueza federal Juana
Fuentes Velázquez, ha expresado que el respeto a suspensiones es una condición
indispensable para la preservación de la legitimidad y la confianza en las
instituciones. “La implementación de la Reforma Judicial, contraviniendo las
suspensiones otorgadas, pone en grave riesgo la viabilidad del Estado de Derecho

y la legitimidad democrática del Gobierno de México encabezado por la presidenta
Claudia Sheinbaum, al generar una crisis constitucional”, señaló la juzgadora.
Ahora lo inaudito es la rebelión de los jueces y los trabajadores del Poder Judicial
Federal contra el Consejo de la Judicatura, hasta donde llegó la mano peluda de la
4T para su colonización.

¡El Poder Judicial vive, la lucha sigue!
El desmoralizador golpe que el Consejo de la Judicatura Federal, en desacato de
suspensiones judiciales, orilló a que jueces y magistrados estén por levantar el
paro este 16 de octubre no sin anunciar utilizar otras vías de presión, mientras los
trabajadores del Poder Judicial Federal decidieron seguir en paro indefinido de
labores a quienes se amenaza con despedir sin no regresan el miércoles, porque
hay un sector de juzgadores de los 32 circuitos del país que quieren hacerlo con
personal completo.
Es obvio que, sin secretarios, actuarios, oficiales, notificadores y hasta coyotes,
desarrollar la tarea es imposible.
Esa división que toca a la puerta entre los miembros del poder judicial federal
entre titulares, es decir los jefes y la tropa, es decir los empleados, pudiere
conducir a la derrota a los paristas.
Y hasta las puertas del lugar en donde iba a participar la presidenta Claudia
Sheinbam en el evento empresarial mexicoestadounidense CEO Dialogue se le
plantaron los empleados judiciales inconformes que exigen dialogo.

El suerte, la tómbola judicial, caída de bolita y el Senado como la Lotería
Nacional
La reforma judicial de entrada confunde los cargos políticos con los de un
juzgador. Elimina su formación profesional y preparación.
Y este 12 de octubre la suerte estuvo echada y el Senado sesionó con quorum
mínimo, sin el PAN y MC, pero con notario público, sin presencia del INE, entre
enredos, cambios al procedimiento de última hora y dudas se erigió por 6 horas
por obra y gracia de la Ley de Juegos y Sorteos, perdón de la reforma judicial
aprobada, en una especie de sucursal de la Lotería Nacional con toda la
parafernarlia para anunciar el premio mayor, la elección echada a la suerte para
que la primera tanda de juzgadores que habrán de pasar el cedazo de las urnas
en junio del 2025

De un tombolazo se destituyó al azar a 711 juzgadores, se definieron 850 plazas
de jueces y magistrados de las cuales 149 están vacantes y el martes 16 se
lanzaría la convocatoria para elegir las 464 magistraturas y 386 juzgados de
distrito, la mitad de 1,699 de cargos judiciales federales, 9 ministros de la Suprema
Corte, 17 magistrados electorales y 5 nuevos magistrados del Tribunal de
Disciplina. Se instruyó al Consejo de la Judicatura Federal a no aprobar cambios
de adscripciones para que no hubiera trampa por parte de los juzgadores elegidos.

Amor con amor se paga: ¿El retorno del PriMor?
La sesión inició con 66 senadores, solo uno más de los 65 necesarios para
alcanzar el quorum, gracias a la presencia de 11 priístas que según Alito Morena
era para observar que no hubiera mano negra en la selección. Los mal pensados
comentan que esa presencia fue la forma de regresar el favor del Tribunal
Electoral para mantenerlo en la presidencia partidista y es el aviso de que el
PRIMOR está de vuelta.
El peculiar modelo tan socorrido por Morena y su máximo líder para elegir
candidatos y legitimar dedazo interno en una versión posmoderna y en la era fake
del atole con el dedo, fue llevado a su expresión más alta de rango constitucional,
fue criticado por senadores opositores, abogados, jueces y magistrados.
Manlio Fabio Beltrones se ausentó de la sesión de la Cámara Alta y justificó su
ausencia en su negativa de avalar ese despropósito, en su visión de que la justicia
no se rifa lo cual es una equivocación histórica y en que no se ocupan jueces
populares, sino jueces justos, que apliquen la ley y la Constitución, apuntó el
villajuarense. En cambio Clemente Castaneda, coordinador de los senadores del
partido naranja fue más enfático en sus señalamientos al calificar de bochornoso
el espectáculo y de mera guillotina el proceso de insaculación al destruir la carrera
judicial de muchas personas.
Gracias a ese evento fue posible observar a Gerardo Fernández Loroña y a Adán
Augusto López, cual niños gritones anunciando voz en pecho la buena nueva y la
suerte del número ganador del sorteo mayor arrojado por la tómbola judicial.

Morena, rápida y furiosa
De tan rápidos y furiosos con que Morena, sus aliados y sus cooptados, con que
aprobaron la reforma judicial, no se percataron de los errores que el proyecto
contenía. Y hubieron de enmendar con apresuramiento el bochorno de no haber

definido la duración de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación.
En dos días preveían los diputados oficialistas aprobar las leyes secundarias de la
reforma judicial enviada por el Senado. El 14 de octubre fueron aprobadas sin
pudor alguno por la aplanadora las leyes generales de Instituciones y
Procedimientos Electorales y del sistema de Medios de Impugnación en Materia
Electoral. El acto fue el clavo que le faltaba al proceso de desmonte de los
principios básicos y de desnaturalización de la Constitución y de cambio de rumbo
político de México con la desaparición de los contrapesos al poder presidencial
con un sometimiento claro del poder legislativo, en donde la técnica legislativa y la
deliberación están ausentes.
Ya se verá hasta donde le llega la gasolina a esta maquinaria política en su afán
de pulverizar el régimen republicano pluralista en aras de alcanzar la
concentración del poder.