Águeda Barojas Ontiveros
Un paseo normal por una zona del sur de Guaymas ubicada detrás del conjunto habitacional de la Secretaría de Marina terminó en un hallazgo que pudiera constituir un delito penal y administrativo.
La “Salada», como se le dice coloquialmente en Guaymas, es una la laguna de oxidación.
En ese sitio descargan las aguas negras de ciudad.
La Salada colinda con el mar e históricamente ha sido utilizado como basurero clandestino.
Recientemente vecinos del Fraccionamiento Sahuari y la colonia Centenario denunciaron a El Portal de la Noticia que constantemente pasaban camiones con basura que enviaba el Ayuntamiento de Guaymas.
Con videos mostraron como en el día y en la noche quemaban basura y el humo llegaba hasta sus hogares.
En una ocasión le hablaron a los Bomberos pero estos les dijeron que ese era un tema del Ayuntamiento y que no se podían meter.
Lo mismo les dijo la Policía Municipal.
Aunque se desconoce que tipo de basura quema en el Ayuntamiento de Guaymas en ese sitio, hace unos días quedó al descubierto que alguien tiró documentos oficiales de la Secretaría de Marina, Asipona, el Ayuntamiento y hasta de la CEA.
La semana pasada “Juan” paseaba por ese lugar cuando encontró en el camino documentos que le llamaron la atención, se llevó unos cuántos a su casa pero le comentó a un amigo sobre el hallazgo.
Santos Alberto Tarín Espinoza, a quien “Juan” le platicó lo que encontró en La Salada, fue el pasado jueves a verificar.
Llegó un día antes de la lluvia del viernes, de lo contrario, quizá no hubiera podido rescatar nada.
Agarró lo que encontró y se lo llevó a su casa.
Entre los documentos encontrados hay contratos que realizó Asipona y la Secretaría de Marina con algunas empresas para diferentes trabajos en el Puerto.
Encontramos documentos de autorización de ingreso y salida de la Aduana con fecha del 11 de marzo al 11 de abril del 2026.
-Documento de CMCOP del 15 de enero del 2024 sobre la rehabilitación del parque de Las Villas.
-Documento de Asipona de una licitación para adecuación de garza de agua en el interior del recinto portuario-
-Contrato de obra pública Asipona/Guay/OP/01/2023 con la empresa Carbel del Noroeste Construcciones S.A de C.V.
-Contrato del Consejo Municipal de Concertación para la Obra Pública para la construcción de un tejaban en cancha deportiva de la primaria de Casas Blancas en Vícam.
El documento original contiene la firma de la alcaldesa Karla Córdova González y de Ricardo García Torres.
-Contrato Asipona/Guay/OP/LP/03/2026 para la ejecución de “servicios” del 23 al 26 de junio del 2026.
Entre muchos documentos más donde vienen montos, firmas, credenciales de electores, cotizaciones y declaraciones ante el SAT.
El lunes 2 de noviembre Tarín Espinoza nos condujo al lugar exacto en donde recogió los documentos.
Para llegar ahí tuvimos que sortear un camino destrozado por las recientes lluvias.
A nuestro paso encontramos de todo, ropa tirada, muebles, botes de plástico y expedientes de una empresa de créditos que incluían credenciales de electores de varias personas.
Lo que llamó nuestra atención fue un espacio en donde había cenizas.
Qué dice la Ley
La custodia de documentos oficiales del sector público en México se rige principalmente por la Ley General de Archivos, la cual obliga a todas las instituciones de los tres órdenes de gobierno a administrar, organizar y conservar sus documentos de manera homogénea y segura.
¿Qué dice el artículo 16 de la conservación de los documentos?
En el contexto de la Ley General de Archivos en México, el artículo 16 establece lo siguiente:
La responsabilidad de preservar íntegramente los documentos de archivo recae directamente en la máxima autoridad de cada sujeto obligado.
Esta responsabilidad abarca tanto la conservación física de los documentos como la integridad de su contenido.
Incluye también la obligación de asegurar una correcta organización, conservación y el buen funcionamiento del sistema institucional de archivos de cada entidad
1. Responsabilidad Penal
La destrucción, abandono o pérdida de documentos oficiales no se considera un simple «descuido», sino una infidelidad en la custodia de documentos o delitos contra el patrimonio documental:
• Delito de infidelidad y destrucción: El Código Penal sanciona a la autoridad o servidor público que destruya, sustraiga u oculte documentos cuya custodia le haya sido encomendada por razón de su cargo. Las penas suelen incluir prisión, multas y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
• Ley General de Archivos: Las leyes archivísticas imponen sanciones severas (de 3 a 10 años de prisión en contextos federales) a quien destruya, transfiera o disperse de manera no autorizada documentos que forman parte del patrimonio documental.
2. Responsabilidad Administrativa
Los servidores públicos involucrados pueden ser sancionados por faltas administrativas graves bajo las leyes de responsabilidades administrativas:
• El Órgano Interno de Control (OIC) de la dependencia o la Secretaría de la Función Pública pueden iniciar una investigación por negligencia o dolo en el desempeño de sus funciones.
• Esto puede derivar en la destitución del cargo o inhabilitaciones temporales para trabajar en el gobierno.
3. Vulneración a la Transparencia y Datos Personales
Los contratos de obra pública contienen información que por ley es de naturaleza pública (como presupuestos o planos), pero también pueden contener datos personales de contratistas o firmas de funcionarios. Tirarlos a la vía pública expone de forma masiva estos datos, lo que genera investigaciones por parte de los institutos de transparencia y protección de datos personales.
La pregunta obligada es ¿Cuántos documentos más tiraron o quemaron y por qué?



